Se preservará sólo una pequeña zona de tan solo 12 hectáreas declarada Santuario de la Naturaleza, cuya superficie es la mitad de la definida por los especialistas como territorio mínimo para mantener el ecosistema, y no sería de extrañar que en el futuro ésta sea también desafectada, como ocurrió durante el gobierno de Patricio Aylwin, en que se eliminó de un zarpazo, vía decreto supremo publicado el 9 de marzo de 1994, la declaratoria patrimonial de una inmensa extensión del campo dunar.
Podría así transformarse el lugar en otro enjambre urbano, como el existente en las dunas de Reñaca, donde se construyeron gigantescos edificios, uno al lado de otro, sin ninguna planificación, generando una aberración arquitectónica nunca antes vista que no sólo liquidó para siempre un ecosistema que la naturaleza tardó millones de años en formar, sino que también afectó gravemente el patrimonio de la ciudad, restándole identidad y creando además un problema de tráfico en el lugar sin solución.
Este sector de la ciudad tiene razones de sobra para pretender ser comuna independiente, con la obstinada oposición de la alcaldesa de Viña del Mar, Virginia Reginato, la que nunca ha mostrado interés alguno por sancionar a los culpables de este adefesio urbanístico, sino que muy por el contrario, ha defendido a los funcionarios responsables.
Hace poco más de diez años, el a la sazón director de Obras de la Municipalidad de Viña del Mar (funcionario subrogante por 13 años), autorizó construir todos estos edificios en un gigantesco loteo irregular, sin calles, que no contempló ni un metro cuadrado para áreas verdes y equipamiento comunitario, y que no pagó ni un peso por derechos de subdivisión, infringiendo gravemente la Ley de Urbanismo y Construcciones.
El problema de tráfico generado en el sector producto de estos permisos otorgados por el subrogante vitalicio ya no tiene solución. Poco le importó esto al municipio, que sólo parece acordarse de la existencia de Reñaca cuando hay que renovar los permisos de circulación.
La superficie de terreno usurpada a la ciudad en este loteo irregular, que según la ley debió ser donada para áreas verdes y equipamiento comunitario, supera los 20 mil metros cuadrados. Y el costo de los permisos de subdivisión no pagados, considerando el valor del metro cuadrado del sector, es de aproximadamente 800 millones de pesos. Pero esa usurpación quedó impune y no hay ningún funcionario responsable, pues en este país solo los médicos son acusados por negligencia.
La Contraloría y el Consejo de Defensa del Estado brillaron por su ausencia. A los pequeños propietarios el municipio les obliga a pagar hasta el último centavo de un permiso de ampliación o de construcción de su vivienda, pero a estos depredadores urbanos parece perdonarles todo. El lector puede sacar sus conclusiones.
Concurrir a la justicia es perder tiempo y dinero. Los tribunales han demorado más de nueve años (sí, nueve) en tramitar un Reclamo de Ilegalidad presentado contra el permiso de construcción de uno de los edificios construidos en este loteo irregular, el que, desde luego, se encuentra terminado, vendido y habitado.
Ni hablar de la Contraloría. Una denuncia sobre esta materia fue rechazada por ésta, la que tras demorar una eternidad en emitir su dictamen, consideró finalmente que: “La invalidación de los actos irregulares de la Administración tiene como límite aquellas situaciones jurídicas consolidadas que se han generado sobre la base de la confianza de los particulares en la Administración”. Con ese criterio tan singular, se podría también lotear el Parque Forestal o la Plaza de Armas, vendiéndolos a particulares los que al comprar confiados en la Administración validarían el acto irregular de ésta.
La única denuncia que fue acogida por la Contraloría fue la de falta de adecuados accesos a los edificios construidos en las dunas de Reñaca, para carros bomba y vehículos de emergencia, infringiendo la Ordenanza de la Ley de Urbanismo y Construcciones. En este caso, la Contraloría se vio obligada a solicitar un sumario administrativo contra los funcionarios responsables de haber permitido esa peligrosa irregularidad, pero tuvo la astucia de ordenar la instrucción del proceso disciplinario a funcionarios de la misma municipalidad, con lo que resultaba muy poco probable que alguien fuese sancionado.
La municipalidad nombró entonces como fiscal a cargo de instruir el sumario a una funcionaria de rango inferior al director de Obras (S). El mencionado funcionario subrogante, en su declaración ante la joven fiscal, manifestó que la mencionada exigencia de la ordenanza no rige para edificios construidos en pendiente, interpretación muy personal y original de la ley, pues ésta en ninguna de sus partes menciona excepciones de ningún tipo para tan importante requisito. Seguramente este funcionario piensa que los edificios construidos en pendiente no son inflamables y en ellos no se producen emergencias. Parece que nada de esto importó a la joven fiscal, pues todos los funcionarios involucrados en estos permisos de construcción fueron sobreseídos.
Entonces, haciendo uso del derecho de acceso a la información pública, solicitamos copia del mencionado sumario y la alcaldesa se resistió a entregarlo. Pero el Consejo para la Transparencia dijo lo contrario y ordenó hacer entrega de la información. Entonces, la obstinada alcaldesa Reginato presentó un Reclamo de Ilegalidad ante la Corte de Apelaciones de Valparaíso contra la decisión del Consejo, el que fue rechazado por la unanimidad de los miembros del tribunal de alzada. Pero el municipio poco caso le hizo a la Corte y persistió en negar la entrega del sumario, por lo que el Consejo para la Transparencia solicitó a la Contraloría General de la República la instrucción de un proceso disciplinario contra la alcaldesa.
Al enterarse que sería sumariada, doña Virginia Reginato viajó especialmente a Santiago a entrevistarse con el contralor Ramiro Mendoza. Parece que no le fue nada de mal en su entrevista, pues éste no ordenó la instrucción del sumario a la Contraloría Regional de Valparaíso, como habría correspondido por tratarse de un Organismo Público Descentralizado, sino a la sede central, donde se preocupó de nombrar como fiscal a cargo a una joven profesional, de bajo rango jerárquico, funcionaria a contrata grado 15, la que al momento de hacerse cargo del procedimiento cumplía recién su cuarto mes trabajando en la Contraloría.
La fiscal ni siquiera llamó a declarar al afectado por la negación del acceso de la información (el autor de esta denuncia). El sumario concluyó que la municipalidad no infringió la Ley de Transparencia y que el documento solicitado había sido entregado por ésta dentro del plazo legal, a pesar de haber transcurrido más de un año desde su solicitud. Llegó también hasta el absurdo de culpar al solicitante del documento de la demora en la entrega de éste, aduciendo que no había pagado sus costos.
Esta es una falsedad inaceptable, pues nunca se le cobró un peso al solicitante, quien jamás ha debido un peso a nadie ni se ha atrasado un día en el pago de una cuenta.
Demás está decir que la alcaldesa fue sobreseída por la Contraloría.
Quise entonces saber cuántos infractores a la Ley de Transparencia han sido sancionados por la Contraloría, por lo que, haciendo uso del derecho al acceso a la información pública, solicité al Consejo para la Transparencia me entregara una nómina con las instituciones penadas. En casi tres años de funcionamiento este consejo, cuya función es garantizar el acceso a la información pública y promover la cultura de la transparencia, ha solicitado apenas diez sumarios administrativos a la Contraloría.
Tan sólo tres (sí, tres) de estos sumarios resultaron en sanciones para los infractores. Estos son las municipalidades de Ovalle, El Carmen y Pencahue, siendo absueltos los municipios de Vitacura y Viña del Mar.
Así funciona esta nueva institución pública, con un presupuesto anual cercano a los 3 mil millones de pesos, pagados por todos nosotros los contribuyentes, y así se desempeñan también los funcionarios públicos de este nuevo Chile, burlescamente denominado de excelencia.
Fuente: ciperchile.cl
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