Una multa de 600 Unidades Tributarias Anuales (equivalentes a más de 270 millones de pesos) deberá cancelar finalmente Enap Refinerías S.A., debido a la inflamación de combustible registrada el año 2007 en Concón que le costó la vida a un trabajador.
La resolución la adoptó la Corte de Apelaciones de Valparaíso, tribunal que rebajó la multa aplicada por la Superintendencia de Electricidad y Combustible (SEC) que era de 800 UTA, aún cuando no acogió el recurso de reclamación en contra de Resolución Exenta Nº 023 de abril del 2009, de la SEC.
El hecho investigado a través del sumario realizado por la Superintendencia dice relación con la inflamación de un combustible líquido ocurrido el 9 de octubre del 2007, a las 15.05 horas, en la Unidad de Hidrotratamiento de Nafta (NHT) de la Refinería Aconcagua, perteneciente a Enap Refinerías S.A., en la cual resultó muerto el trabajador de la empresa contratista CGM, Jorge Rivas Hernández, y con lesiones leves otros tres trabajadores.
INVESTIGACIÓN
A través de la investigación interna realizada, se determinó que "el accidente se produjo por una rotura en la parte superior de un codo de la línea 8", ubicado en el sector inferior del aerorefrigerante, que dio lugar a la fuga e inmediata inflamación del efluente allí transportado (mezcla de nafta-hidrógeno). Que, el calor, llamas y gases de esta inflamación alcanzaron en forma inmediata al trabajador Jorge Rivas Hernández, quien había finalizado una inspección mediante tecnología gammascan en la torre E-471, ubicada aproximadamente a 15 metros sobre los equipos C-475 y C-476, provocándole la muerte en forma instantánea".
La investigación precisó, además, que los otros tres trabajadores resultaron con heridas leves producto del calor emanado de la inflamación y de las maniobras realizadas por ellos para huir del lugar.
La investigación reveló que el calor generado por la primera inflamación provocó minutos después, la separación de una unión de una tubería que pasaba por alto desde dónde comenzó a fluir combustible en dirección descendente, causando una segunda inflamación que provocó únicamente daños materiales.
La Corte de Apelaciones de Valparaíso estimó que como se trata de una infracción de carácter grave atendido a que se produjo la muerte de una persona; ocasionó heridas a tres personas, y a que no produjo daños a terceros ni se produjo la interrupción del servicio, la multa de 800 UTA resulta excesiva, razón por la que se rebajó a 600 UTA.
ÉRICA BRAVO
ebravob@mercuriovalpo.cl
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